La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), está concebida como una unidad presupuestada adscrita al Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) y que surgía para “….velar por la aplicación de la legislación relativa a impuestos y otros ingresos no tributarios; desarrollar la organización para su recaudación en todo el país: organizar y dirigir la auditoría fiscal, adoptando las medidas requeridas para contrarrestar la evasión fiscal, así como otras funciones o tareas derivadas de la Ley No. 73 del sistema tributario del 4 de agosto de 1994, y otras normas referidas a la recaudación de tributos y aranceles y su control”. Esta se encarga de garantizar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias, con un servicio de calidad en beneficio de la sociedad.
Las funciones específicas de la ONAT:
- De acuerdo con lo establecido por el Reglamento Orgánico, puesto en vigor por la Resolución No.439 de 2013 del MFP, las funciones específicas de la ONAT son: Garantizar y supervisar el estricto cumplimiento de las disposiciones legales tributarias;
- Favorecer las condiciones para el cumplimiento de las obligaciones con el Presupuesto del Estado, brindando la necesaria información y asistencia a los contribuyentes;
- Ejercer la actividad normativa y operativa en cuanto al Registro de Contribuyentes, el Número de Identificación Tributaria (NIT), la Cuenta Control del Contribuyente y demás procedimientos que aplique;
- Controlar sistemáticamente el pago de la deuda tributaria en las condiciones, cuantía y términos establecidos;
- Efectuar la determinación administrativa de la deuda tributaria cuando corresponda, y actuar conforme a derecho;
- Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, para lo cual realizará acciones de verificación, investigación y auditoría fiscal;
- Ejercer la vía de apremio administrativo para el cobro forzoso de la deuda tributaria, conforme a lo establecido legalmente, procediendo al embargo de activos o cualesquiera otros bienes de la propiedad de un contribuyente, cuando debidamente quede probado el incumplimiento o la evasión de sus obligaciones tributarias;
- Imponer los recargos y sanciones que procedan por el incumplimiento de las obligaciones tributarias;
- Contribuir en la prevención del delito de evasión fiscal, y aplicar las medidas necesarias para su detección;
- Resolver los recursos que se interpongan contra sus actos administrativos, y ejercer la representación legal ante los tribunales;
- Requerir de las personas naturales o jurídicas, toda clase de actuaciones, informes o antecedentes con trascendencia tributaria derivados de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas;
- Recopilar, sistematizar, procesar, y analizar la información con trascendencia tributaria;
- Analizar las tendencias, insuficiencias, y problemas que se manifiestan en la aplicación de la legislación tributaria, formulando las propuestas correspondientes o adoptando las medidas para lo cual tenga facultad;
- Propiciar el desarrollo y la elevación constante de la calificación del personal, manteniendo vínculos de trabajo con las universidades y otras entidades nacionales e internacionales;
- Fomentar la cultura tributaria en la población;
- Mantener relaciones con los organismos e instituciones que se vinculan con la línea de trabajo de la oficina;
- Atender y desarrollar vínculos de trabajo con organismos especializados de otros países y organizaciones internacionales afines; y
- Operar como unidad presupuestada realizando las funciones inherentes a ella.
La Ley Tributaria:
- La Ley No.113 del Sistema Tributario y el Decreto No.308 Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios, son el basamento legal que sustenta el perfeccionamiento del Sistema Tributario cubano.
- Según la Ley No. 113, la Administración Tributaria es el sistema de instituciones públicas encargado de la gestión de la recaudación, cobranza y fiscalización delos tributos; integrado por el Ministerio de Finanzas y Precios, la Oficina Nacional de Administración Tributaria, la Aduana General de la República y otras entidades que legalmente se autoricen a tales efectos, quienes actúan en representación del Estado como sujeto activo.
- Esta legislación implica el desarrollo de dieciocho (18) Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución. Los más significativos, por resultar congruentes con las misiones del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) y de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) son el No.63 y No. 65
- Estos disponen respectivamente la necesidad de fomentar la cultura tributaria y la responsabilidad social de cumplir cabalmente las responsabilidades tributarias y el fortalecimiento de los mecanismos de control fiscal, que aseguren el cumplimiento dichas obligaciones, así como la preservación y uso racional de los bienes y recursos del Estado.
Deberes y derechos de los contribuyentes
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Director municipal todos los Viernes de 8.30am a 11.30am.
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